Gobierno prorrogó vigencia del aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable
El Gobierno, a través del decreto 1408 del 30 de octubre de 2020, prorrogó la vigencia del decreto 1168 del 25 de agosto de 2020 hasta las cero horas (00:00 a. m.) del día 1.° de diciembre de 2020, extendiendo el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable.
En síntesis, durante noviembre seguirán rigiendo las mismas reglas que están actualmente.
Por ello, aquí recordamos quiénes pueden salir y quiénes no a partir del 1.º de noviembre:
Actividades no permitidas:
- Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud.
- Los bares, discotecas y lugares de baile.
- El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.
Sin embargo, hay que aclarar que los alcaldes de los municipios y distritos podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación de planes piloto en establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local, y para la realización de ferias empresariales, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones emitidas por el Ministerio de Salud, tal como ya ha ocurrido.
¿Quiénes pueden salir?
El resto de sectores y actividades se pueden realizar, cumpliendo con el respectivo protocolo de bioseguridad.
Adicionalmente, los alcaldes en los municipios de alta afectación, con la debida autorización del Ministerio del Interior y previo concepto del Ministerio de Salud, podrán restringir las actividades, áreas, zonas y hogares que consideren pertinentes para la realización de un aislamiento selectivo y focalizado, de acuerdo con la variación en el comportamiento de la pandemia del coronavirus.
En los municipios sin afectación, de baja afectación y moderada afectación del coronavirus no se podrán realizar aislamientos selectivos de actividades, áreas o zonas. En todo caso, las instrucciones y órdenes que emitan los gobernadores y alcaldes municipales y distritales en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria, deben ser previamente justificadas y comunicadas al Ministerio del Interior, y deberán ser autorizadas por esta entidad.
¿Qué pasa con los vuelos internacionales?
La reactivación de vuelos internacionales comerciales, que empezó el 21 de septiembre, continúa y el Gobierno está coordinando para incrementar el número de rutas.
¿Qué pasa con las fronteras terrestres, marítimas y fluviales?
A través del decreto 1408 de 2020, el Gobierno señaló que el cierre de todos los pasos fronterizos terrestres, marítimos y fluviales del país se extenderá hasta el próximo 1.° de diciembre. No obstante, puede haber pilotos de reapertura.

